Punto Primero.- Aumento del capital social por aportación no dineraria consistente en la totalidad del capital social de “Sociedad General de Televisión Cuatro, S.A. Unipersonal” por un importe nominal de treinta y seis millones setecientos mil novecientos treinta y cinco euros (36.700.935.- euros), mediante la emisión y puesta en circulación de setenta y tres millones cuatrocientas un mil ochocientas setenta (73.401.870) acciones ordinarias de 0,50 euros de valor nominal cada una. Delegación de facultades al Consejo de Administración, con autorización a su vez para delegar en la Comisión Ejecutiva o en cualquiera de los consejeros delegados, para fijar las condiciones del aumento en todo lo no previsto por la Junta General, adaptar la redacción de los apartados 1 y 2 del artículo 5 de los Estatutos sociales y otorgar en general cuantos documentos sean necesarios o convenientes para la ejecución del aumento. Admisión a cotización de las nuevas acciones.
• Acuerdo que se propone:
En el contexto de la ejecución de los acuerdos alcanzados por Telecinco y Promotora de Informaciones, S.A. (“Prisa”), entre otras partes, para la integración del negocio de televisión en abierto del grupo Prisa en Telecinco y la adquisición por esta de un 22% de DTS Distribuidora de Televisión Digital, S.A. (“Digital Plus” o “Digital+”) (la “Operación”), se adoptan los siguientes acuerdos relativos a la aportación del 100% de las acciones representativas del capital social de Sociedad General de Televisión Cuatro, S.A. Unipersonal (“Sogecuatro”), titular del negocio de televisión en abierto anteriormente explotado de forma directa por Sogecable, S.A., y a otras cuestiones conexas con la Operación.
Punto Segundo.- Autorización para que, de conformidad con lo previsto en el artículo 149 de la Ley de Sociedades de Capital, la Sociedad pueda aceptar en garantía sus propias acciones, directamente o a través de sociedades del Grupo.
• Acuerdo que se propone:
Autorizar al Consejo de Administración para que, de conformidad con lo establecido en el artículo 149 de la vigente Ley de Sociedades de Capital pueda proceder, directamente o a través de cualesquiera sociedades del grupo, a la aceptación en prenda o cualquier otro tipo de garantía de sus propias acciones, dentro de los límites y con los mismos requisitos aplicables a la adquisición de las mismas.
Punto Tercero.- Fijación del número de miembros que componen el Consejo de Administración.
•
Acuerdo que se propone:En el presente caso, el Consejo de Administración propone a la Junta General incrementar en dos el número de sus integrantes, pasando de 13 a 15 miembros.
Punto Cuarto.- Consejo de Administración: nombramiento, reelección y ratificación de consejeros.
• Acuerdos que se proponen:
4.1
Nombrar como consejero por el plazo estatutario de cinco años a Manuel Polanco Moreno, casado, de nacionalidad española, con DNI 50307639 S, y domicilio en Madrid, Gran Via, nº 32.La eficacia de este nombramiento queda supeditada a la previa inscripción en el Registro Mercantil del aumento de capital mediante aportaciones no dinerarias consistentes en las acciones representativas del total capital social de Sociedad General de Televisión Cuatro, S.A. Unipersonal a que se refiere el punto primero del orden del día de la Junta General de Accionistas.
4.2
Nombrar como consejero por el plazo estatutario de cinco años a D. Juan Luis Cebrián Echarri, casado, de nacionalidad española, con DNI 551854 S, y domicilio en Madrid, Gran Via, nº 32.Punto Quinto.- Delegación de facultades para formalizar, interpretar, subsanar y ejecutar los anteriores acuerdos, así como para sustituir las facultades que el Consejo de Administración reciba de la Junta.
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Acuerdo que se propone:(i) Facultar al Consejo de Administración para la interpretación, subsanación, complemento, ejecución y desarrollo de los anteriores acuerdos.
(ii) Delegar en el Consejo de Administración, con expresas facultades de sustitución en cualquiera de sus Consejeros Delegados y del Secretario del Consejo de Administración, para que cualquiera de ellos, indistintamente, pueda formalizar y elevar a público los acuerdos adoptados en la presente Junta,
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