viernes, 5 de noviembre de 2010

CNMV RESULTADO DE LA OPA FORMULADA POR EL BANCO SABADELL SOBRE EL BANCO GUIPUZCUANO.

En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 36 del Real Decreto 1066/2007, de 27 de julio, la Comisión Nacional del Mercado de Valores comunica que la oferta pública de adquisición formulada por Banco de Sabadell, S.A. sobre el 100% del capital social de Banco Guipuzcoano, S.A. compuesto por 149.760.000 acciones, de las que 149.513.328 son acciones ordinarias y 246.672 son acciones preferentes sin voto, ha sido aceptada por un número de 145.178.597 acciones ordinarias y 161.807 acciones preferentes sin voto, que suman un total de 145.340.404 acciones, equivalentes al 97,05% de los valores a los que se dirigió la oferta que representan el 97,10% de los derechos de voto de la sociedad afectada.

En consecuencia, la oferta pública ha tenido resultado positivo, al haber sido el número de valores comprendidos en las declaraciones de aceptación superior al límite mínimo fijado por el oferente para su validez que es de 112.320.000 acciones, ordinarias o preferentes, representativas del 75% del capital social de Banco Guipuzcoano, S.A.

Asimismo, se informa que Banco de Sabadell, S.A. ha comunicado a la CNMV (véase hecho relevante con registro nº 132681 del 5/11/10), su decisión irrevocable de exigir la venta forzosa de todas las acciones ordinarias y preferentes de Banco Guipuzcoano, S.A. que no han aceptado la oferta, mediante contraprestación consistente en un canje de valores idéntico al de la oferta pública, habiendo fijado como fecha de la operación de venta forzosa el 23/11/10.

Para la correcta ejecución de la operación de venta forzosa, Banco de Sabadell, S.A. ha solicitado a la CNMV que acuerde la suspensión de negociación en bolsa de todas las acciones de Banco Guipuzcoano, S.A. a partir del 15/11/10 inclusive hasta su efectiva exclusión.

Se recuerda que conforme a lo dispuesto en el artículo 48 del referido Real Decreto, la realización de la operación de venta forzosa determinará la exclusión de negociación de la totalidad de las acciones de Banco Guipuzcoano, S.A. que será efectiva a partir de la liquidación de la operación.

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