Ponemos en su conocimiento que, con esta fecha IBERDROLA FINANZAS S.A. (Unipersonal) (el “Emisor”) –filial íntegramente participada por IBERDROLA, S.A. (“Iberdrola”)– ha formulado una invitación a los titulares de las obligaciones pertenecientes a las emisiones por importe de 1.450 millones de euros, cupón del 6,375% anual y vencimiento en 2011 (las “Obligaciones 2011”) y por importe de 1.000 millones de euros, cupón del 5,125% anual y vencimiento en 2013 (las “Obligaciones 2013” y, conjuntamente con las Obligaciones 2011, las “Obligaciones Vivas”) para permutar sus Obligaciones Vivas por nuevas obligaciones del mismo valor nominal conjunto, cupón del 4,125% anual y vencimiento en 2020 (las “Nuevas Obligaciones”) que serán emitidas por el Emisor y garantizadas incondicionalmente por Iberdrola (la “Oferta de Permuta”). Las Nuevas Obligaciones a emitir al amparo de la Oferta de Permuta, se consolidarán y serán fungibles, formando una misma serie, con las obligaciones ya emitidas por el Emisor por importe de 500 millones de euros con cupón del 4,125% anual y vencimiento en 2020.Asimismo, ponemos en su conocimiento que en el día de hoy BNP Paribas ha ofrecido a los titulares de las Obligaciones Vivas la posibilidad de venderlas a cambio de efectivo (la “Oferta de Compra” y, junto con la Oferta de Permuta, las “Ofertas”).
La decisión del Emisor y BNP Paribas de aceptar permutar o comprar, respectivamente, las Obligaciones vivas válidamente ofrecidas por sus titulares en canje o para su venta en las Ofertas dependerá del precio al que se puedan emitir las Nuevas Obligaciones.
Los titulares de las Obligaciones Vivas podrán revocar sus propuestas de permuta y venta hasta las 14:00 horas (CET) del día 9 de septiembre de 2010 y las Ofertas concluirán a las 16:00 horas (CET) de ese mismo día. El importe nominal definitivo de las Nuevas Obligaciones a emitir y la adjudicación definitiva será comunicada en torno a las 09:00 horas (CET) del día 10 de septiembre de 2010.
El propósito de las Ofertas es refinanciar eficientemente las Obligaciones Vivas con anterioridad a su vencimiento y alargar el plazo medio de vencimiento de la deuda del Emisor.
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