No se trata de un acuerdo, por lo que no procede someterlo a votación.
La validez del presente acuerdo queda condicionada a la liquidación de la Oferta Pública de Adquisición de Acciones de Banco Sabadell sobre Banco Guipuzcoano, de la que se ha informado a los Accionistas en el punto primero del orden del día de la presente Junta General. Queda condicionada asímismo a la obtención de la autorización administrativa correspondiente.
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Artículo 19.- Tendrán derecho de asistencia a las sesiones de la Junta General, los titulares de acciones de la sociedad que, con cinco días de antelación cuando menos al de celebración de la Junta, las hayan inscrito en el Registro social o en el Registro contable correspondiente, a tenor del sistema de representación de los títulos en cada momento vigente.Y el artículo 15 del Reglamento de la Junta General, de su actual redacción, pasará a tener la siguiente:
Tienen derecho de voto los accionistas titulares reales de al menos 200 acciones con derecho a voto totalmente desembolsadas.
Acuerdo Tercero
Se faculta al Presidente de la Sociedad, Don José Javier Echenique Landiribar, al Secretario D. Juan José Zarauz Elguezabal, al Consejero Don Juan Luis Arrieta Barrenechea y al resto de los miembros del Consejo, para que cualquiera de ellos, indistintamente y con las más amplias facultades, pueda llevar a cabo cuantos trámites sean necesarios en ejecución de los acuerdos de la Junta General, así como subsanar o complementar cuantas cuestiones se susciten en las escrituras o documentos que se otorguen en ejecución de los mismos y, de modo particular, cuantos defectos, omisiones o errores, de fondo o de forma, impidan el acceso de los acuerdos en cuestión y de las decisiones para su ejecución al Registro Mercantil, Registros de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, Iberclear, Sociedades Rectoras de las Bolsas de Barcelona, Bilbao y Madrid, y cualesquiera otros que fueran precisos a los fines antedichos. Se les faculta asimismo para que obtengan las autorizaciones oficiales pertinentes para el más pleno desarrollo de los acuerdos referidos.
Información sobre el Punto Cuarto del Orden del Día
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