(i) Formular las cuentas anuales (balance, cuenta de pérdidas y ganancias, estado de cambios en el patrimonio neto, estado de flujos de efectivo y memoria), el informe de gestión y la propuesta de aplicación del resultado de la Sociedad, así como las cuentas anuales (balance, cuenta de pérdidas y ganancias, estado de cambios en el patrimonio neto, estado de flujos de efectivo y memoria) y el informe de gestión consolidados de la Sociedad con sus sociedades dependientes, todo ello referido al ejercicio 2010. De conformidad con la normativa aplicable, los citados informes de gestión comprenden tanto el informe anual sobre la estructura de capital y el sistema de gobierno y control previsto en el artículo 116 bis de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, como el Informe Anual de Gobierno Corporativo correspondientes al ejercicio 2010, que han sido, asimismo, aprobados por el Consejo de Administración en la misma fecha.
De resultar aprobada por la Junta General de accionistas la propuesta de acuerdo relativa al reparto del dividendo, su abono a los accionistas tendrá lugar en las mismas fechas en que se produzca la entrega de acciones liberadas o el pago en efectivo por Iberdrola al amparo del compromiso fijo de compra con ocasión de la primera ejecución del aumento de capital liberado referido en el apartado (ii) siguiente.
Como en anteriores ocasiones, el sistema "Iberdrola Dividendo Flexible" permitiría a los accionistas optar por recibir la totalidad o parte de su retribución en acciones liberadas de Iberdrola o en efectivo (en este último caso, mediante la venta de los derechos de asignación gratuita que les correspondan en el mercado o al amparo del compromiso de compra a precio fijo que asumirá Iberdrola en el supuesto de que la propuesta de acuerdo sea finalmente aprobada por la Junta General de accionistas).
El valor de mercado de referencia determinante del número total de acciones a emitir en la primera ejecución del aumento de capital, que en todo caso se encuentra sujeto a la aprobación de la Junta General, se fijará por el Consejo de Administración más adelante al tiempo de aprobar la correspondiente propuesta de acuerdo a la Junta General de accionistas. No obstante, teniendo en cuenta la cifra del capital social actual de Iberdrola y las condiciones de mercado a la fecha de esta comunicación, se estima que el precio del compromiso de compra que asumiría Iberdrola respecto de los derechos de asignación gratuita que percibirían los accionistas en la primera ejecución del aumento de capital ascendería, al menos, a quince céntimos (0,150) de euro brutos por derecho. Téngase en cuenta que este importe se facilita a efectos meramente orientativos. El importe definitivo del precio fijo del compromiso de compra que asumiría la Sociedad respecto de los derechos de asignación gratuita sería oportunamente comunicado con ocasión de la primera ejecución del aumento de capital liberado.
Yo lo hago para obtener una deduccion fiscal y para mejorar la situacion de la compañia
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