martes, 1 de febrero de 2011

BANCO SABADELL ACUERDO AMPLIACION DE CAPITAL.

El Consejo de Administración de Banco de Sabadell ha acordado el día 31 de enero de 2011 aumentar el capital social de la Sociedad por un importe nominal de hasta quince millones setecientos noventa y cinco mil trescientos ochenta y cinco euros con veinticinco céntimos de euro (€15.795.385,25) (el “Aumento de Capital”) mediante la emisión y puesta en circulación de hasta ciento veintiséis millones trescientas sesenta y tres mil ochenta y dos (126.363.082) acciones ordinarias de la Sociedad, en ejercicio de la delegación conferida por la Junta General de Accionistas de Banco de Sabadell celebrada el 25 de marzo de 2010.

Asimismo el Consejo de Administración ha acordado llevar a cabo, de forma simultánea, una oferta de recompra de determinados valores de deuda emitidos por Banco de Sabadell y Banco Guipuzcoano, S.A. (la “Oferta de Recompra”), todo ello en los términos que se resumen a continuación. Banco de Sabadell hace constar igualmente que, en esta misma fecha, ha hecho públicas sus cuentas anuales auditadas correspondientes al ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2010, que se encuentran disponibles en su página web http://www.bancsabadell.es/.

I. Aumento de capital mediante el procedimiento de colocación acelerada

A. Finalidad del aumento de capital

La finalidad del Aumento de Capital con aportaciones dinerarias es reforzar el ratio de core capital (capital y reservas) de Banco de Sabadell y obtener los fondos necesarios para poder llevar a cabo la Oferta de Recompra que se realiza simultáneamente con el Aumento de Capital y que se describe en el apartado II siguiente.

La combinación del Aumento de Capital y la Oferta de Recompra permitirá reforzar más la calidad de la composición actual de capital de Banco de Sabadell, incrementando la cifra de core capital hasta niveles satisfactorios incluso teniendo en cuenta la nueva normativa de Basilea III.

B. Importe

El importe nominal del Aumento de Capital es de hasta quince millones setecientos noventa y cinco mil trescientos ochenta y cinco euros con veinticinco céntimos de euro (€15.795.385,25), correspondiente a la emisión de hasta ciento veintiséis millones trescientas sesenta y tres mil ochenta y dos (126.363.082) acciones ordinarias de la Sociedad, representativas del 10% de las acciones actualmente en circulación menos una (1) acción. Las nuevas acciones serán desembolsadas mediante aportaciones dinerarias.

Las acciones se emitirán por su valor nominal de ciento veinticinco céntimos de euro (€0,125) cada una, más la prima de emisión que se determine con arreglo a los términos que a continuación se describen.

La colocación de las acciones correspondientes al Aumento de Capital no se encuentra asegurada, por lo que el importe nominal efectivo del Aumento de Capital dependerá del número de acciones suscritas por los inversores a los que se dirige la oferta, habiéndose previsto la posibilidad de suscripción incompleta.

C. Destinatarios de la ampliación de capital - Exclusión del derecho de suscripción preferente

Las acciones se destinan de manera exclusiva a inversores cualificados, tal y como este término se define en el artículo 39 del Real Decreto 1310/2005, de 4 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, en materia de admisión a negociación de valores en venta o suscripción y del folleto exigible a tales efectos y en la normativa equivalente en otras jurisdicciones y únicamente se ofrecerán fuera de los Estados Unidos de acuerdo con la Regulation S de la Ley de Valores de los Estados Unidos (U.S. Securities Act) de 1933 y a un número limitado de inversores institucionales cualificados (qualified institutional buyers) en los Estados Unidos de acuerdo con la Rule 144A de la Ley de Valores de los Estados Unidos (U.S. Securities Act) de 1933. La presente emisión no será objeto, en consecuencia, de oferta pública en ningún mercado de valores ni supondrá la elaboración de un folleto informativo.

Las acciones se emitirán por su valor nominal de ciento veinticinco céntimos de euro (€0,125) cada una, más la prima de emisión que se determine con arreglo a los términos que a continuación se describen.

La colocación de las acciones correspondientes al Aumento de Capital no se encuentra asegurada, por lo que el importe nominal efectivo del Aumento de Capital dependerá del número de acciones suscritas por los inversores a los que se dirige la oferta, habiéndose previsto la posibilidad de suscripción incompleta.

C. Destinatarios de la ampliación de capital - Exclusión del derecho de suscripción preferente

Las acciones se destinan de manera exclusiva a inversores cualificados, tal y como este término se define en el artículo 39 del Real Decreto 1310/2005, de 4 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 24/1988, de 28 de julio.

D. Procedimiento de colocación

El Aumento de Capital se llevará a efecto mediante una colocación privada dirigida, exclusivamente, a inversores cualificados, tanto residentes en España como fuera de España, a través del procedimiento conocido como “colocación acelerada” (Accelerated Bookbuilding) en los términos siguientes:

(a) Una vez publicado el presente hecho relevante, UBS Limited (“UBS”), como entidad colocadora con la que Banco de Sabadell ha suscrito un contrato de colocación, realizará una prospección de la demanda en virtud de la cual recibirá indicaciones de interés para suscribir acciones de Banco de Sabadell por parte de los inversores cualificados a los que se dirige el Aumento de Capital.

(b) Una vez concluido el periodo de prospección de la demanda, mediante acuerdo entre Banco de Sabadell y UBS, se determinará el precio de emisión de las nuevas acciones y se llevará a cabo la selección de propuestas de suscripción, procediéndose posteriormente a la confirmación de las propuestas seleccionadas y a la adjudicación definitiva de acciones a los inversores cualificados de que se trate.

c) Una vez sean adjudicadas, suscritas y desembolsadas las nuevas acciones, se procederá al otorgamiento de la escritura pública de aumento de capital y a su inscripción en el Registro Mercantil de Barcelona, así como a la asignación por la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.U. (Iberclear) de las correspondientes referencias de registro a las nuevas acciones.

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