Abengoa está representada por D. Miguel Ángel Jiménez- Velasco Mazarío, de nacionalidad española, con domicilio profesional en Sevilla, y titular del documento nacional de identidad (DNI) número 28.874.696-J, quien actúa en virtud de acuerdo de consejo de 22 de noviembre de 2010.
Befesa está representada por D. Javier Molina Montes, de nacionalidad española, con domicilio profesional en Madrid, Paseo de la Castellana nº 31 y titular del documento nacional de identidad (DNI) número 29.754.087-E, quien actúa en virtud de escritura de poder otorgada en su favor con fecha 16 de marzo de 2004, ante el Notario de Bilbao D. Vicente María del Arenal y Otero, bajo el número de protocolo 475.
Exponen
II. Que Befesa es la sociedad cabecera de un subgrupo de sociedades que conforman el grupo de negocio medioambiental del grupo de sociedades de Abengoa, dedicada esencialmente a las actividades de (i) reciclaje y gestión de residuos industriales, y (ii) diseño, construcción, operación y mantenimiento, así como a la explotación en régimen concesional, de infraestructuras hidráulicas de todo tipo. Las acciones de Befesa están admitidas a negociación oficial en las Bolsas de Valores de Madrid y Bilbao y se negocian a través del SIB.
IV. Que las actividades de Abengoa en relación con el grupo de negocio de servicios medioambientales están centralizadas en Befesa y en las sociedades participadas, directa o indirectamente, por Befesa, siendo intención de las Partes que, con carácter general, los negocios y proyectos relativos a servicios medioambientales (en concreto, a las actividades de reciclaje y gestión de residuos industriales y al diseño, construcción, operación y mantenimiento, así como a la explotación en régimen concesional, de infraestructuras hidráulicas) se continúen realizando en el futuro a través de Befesa y sus sociedades participadas.
VI. Que a la vista de cuanto antecede, las Partes desean establecer unprotocolo de actuación en lo relativo a las relaciones entre Abengoa y Befesa (y entre las respectivas entidades de los grupos de sociedades encabezados por Abengoa y Befesa) en el que, siguiendo las mejores prácticas de gobierno corporativo y, en particular, la recomendación segunda del Código Unificado de Buen Gobierno, aprobado por el Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (la “CNMV”) el 22 de mayo de 2006, se delimite el ámbito de actuación de las Partes, se regulen los mecanismos necesarios para prevenir y dar respuesta a posibles situaciones de conflicto de interés, así como para la realización de operaciones vinculadas, y se establezcan los compromisos relativos a la provisión de información por Befesa a Abengoa, y a su tratamiento por ésta última.
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