miércoles, 22 de diciembre de 2010

ABENGOA NOTIFICACION DEL PROTOCOLO DE RELACIONES ENTRE ABENGOA Y BEFESA.

Reunidos I. Abengoa, S.A., sociedad de nacionalidad española, con domicilio social en Sevilla, SUNP-GU-1 (Palmas Altas) parcela ZE-3. 41012 y con número de identificación fiscal (NIF) A-41002288, inscrita en el Registro Mercantil de Sevilla, al Tomo 573, Folio 69, Hoja SE-1.507 (“Abengoa”).

Abengoa está representada por D. Miguel Ángel Jiménez- Velasco Mazarío, de nacionalidad española, con domicilio profesional en Sevilla, y titular del documento nacional de identidad (DNI) número 28.874.696-J, quien actúa en virtud de acuerdo de consejo de 22 de noviembre de 2010.

II. Befesa Medio Ambiente, S.A., sociedad de nacionalidad española, con domicilio social en Erandio (Vizcaya), carretera Bilbao-Plencia 21, y con número de identificación fiscal (NIF) A-80689052, inscrita en el Registro Mercantil de Vizcaya, al Tomo 3.414, Folio 74, Hoja BI-30.462 (“Befesa”).

Befesa está representada por D. Javier Molina Montes, de nacionalidad española, con domicilio profesional en Madrid, Paseo de la Castellana nº 31 y titular del documento nacional de identidad (DNI) número 29.754.087-E, quien actúa en virtud de escritura de poder otorgada en su favor con fecha 16 de marzo de 2004, ante el Notario de Bilbao D. Vicente María del Arenal y Otero, bajo el número de protocolo 475.

En lo sucesivo, Abengoa y Befesa serán referidos cada uno de ellos como una “Parte”, y conjuntamente como las “Partes”.

Exponen

I. Que Abengoa es la sociedad cabecera de un grupo de sociedades que desarrolla sus actividades en los sectores de infraestructuras, medio ambiente y energía. Las acciones de Abengoa están admitidas a negociación oficial en las Bolsas de Valores de Madrid y Barcelona y se negocian a través del Sistema de Interconexión Bursátil Español (el “SIBE”).

II. Que Befesa es la sociedad cabecera de un subgrupo de sociedades que conforman el grupo de negocio medioambiental del grupo de sociedades de Abengoa, dedicada esencialmente a las actividades de (i) reciclaje y gestión de residuos industriales, y (ii) diseño, construcción, operación y mantenimiento, así como a la explotación en régimen concesional, de infraestructuras hidráulicas de todo tipo. Las acciones de Befesa están admitidas a negociación oficial en las Bolsas de Valores de Madrid y Bilbao y se negocian a través del SIB.

III. En la actualidad, Abengoa es titular, directa o indirectamente, de una participación superior al cincuenta por ciento del capital social de Befesa.

IV. Que las actividades de Abengoa en relación con el grupo de negocio de servicios medioambientales están centralizadas en Befesa y en las sociedades participadas, directa o indirectamente, por Befesa, siendo intención de las Partes que, con carácter general, los negocios y proyectos relativos a servicios medioambientales (en concreto, a las actividades de reciclaje y gestión de residuos industriales y al diseño, construcción, operación y mantenimiento, así como a la explotación en régimen concesional, de infraestructuras hidráulicas) se continúen realizando en el futuro a través de Befesa y sus sociedades participadas.

V. Que Abengoa y Befesa, directamente o de modo indirecto a través de sus respectivos grupos de sociedades, (según se definen más adelante en la Cláusula 1.1.4) se realizan, venden y prestan recíprocamente obras, bienes y servicios.

VI. Que a la vista de cuanto antecede, las Partes desean establecer unprotocolo de actuación en lo relativo a las relaciones entre Abengoa y Befesa (y entre las respectivas entidades de los grupos de sociedades encabezados por Abengoa y Befesa) en el que, siguiendo las mejores prácticas de gobierno corporativo y, en particular, la recomendación segunda del Código Unificado de Buen Gobierno, aprobado por el Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (la “CNMV”) el 22 de mayo de 2006, se delimite el ámbito de actuación de las Partes, se regulen los mecanismos necesarios para prevenir y dar respuesta a posibles situaciones de conflicto de interés, así como para la realización de operaciones vinculadas, y se establezcan los compromisos relativos a la provisión de información por Befesa a Abengoa, y a su tratamiento por ésta última.

VII. Que las Partes acuerdan celebrar el presente Protocolo de Regulación de Actividades y Operaciones Vinculadas entre Abengoa y Befesa (el “Protocolo”).

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