ORDEN DEL DÍA
SEGUNDO.- Reducir, si procede, el capital social en 54.727.655,25 euros, desde los 91.212.758,75 euros actuales a 36.485.103,50 euros, mediante la reducción del valor nominal de cada una de las 364.851.035 acciones ordinarias con derecho a voto, que pasará de los 0,25 euros actuales a 0,10 euros, con la finalidad de restablecer el equilibrio entre el capital social y el patrimonio neto de la Sociedad disminuido por consecuencia de perdidas con base en el Balance de “URBAS GUADAHERMOSA, S.A.” cerrado a 31 de diciembre de 2009 y a 30 de junio de 2010 (previamente verificados por los auditores de cuentas de la sociedad), aprobado en virtud del punto primero del Orden del día, de acuerdo con lo previsto en los artículos 317 y ss. Del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la
TERCERO.- Ampliar, si procede, el capital social de la Compañía hasta la cifra máxima de VEINTE MILLONES SEISCIENTOS SETENTAY DOS MIL TRESCIENTOS CINCO EUROS CON OCHENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (20.672.305,84 €) mediante compensación de créditos que cumplan los requisitos previstos en el art. 301.1 de la Ley de Sociedades de Capital, con estricta sujeción a las condiciones aprobadas, delegándose en el Consejo de Administración la facultad de ejecución del aumento de capital acordado. Esta autorización para aumentar el capital social incluye la de emitir y solicitar la admisión a cotización, de las acciones representativas del mismo que sean necesarias para llevar a efecto el derecho de suscripción de acciones, así como la de dar nueva redacción al artículo de los Estatutos Sociales relativo a la cifra del capital social y para, en su caso, anular la parte de dicho aumento de capital que no hubiera sido necesaria para la suscripción pudiéndose declarar incompleta la ampliación.
CUARTO.- Emisión, si procede, de Bonos convertibles necesariamente en acciones, hasta la cifra de quince millones de Euros, con fijación de las condiciones y bases de conversión de las mismas, y delegación al Consejo, en caso de aprobación, para la fijación de la fecha de ejecución de la emisión y en su caso de la ampliación derivada que se acuerde. De conformidad con lo dispuesto en el articulo 417.c del Real Decreto Legislativo 1/2010 de 2 de julio por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, se hace constar en ésta convocatoria que la propuesta de acuerdo sometida a la Junta incluye la supresión del derecho de preferencia a favor de los socios previsto en el articulo 416 del mismo cuerpo legal.
SEXTO.- Autorización, en su caso, al Consejo de Administración para la adquisición derivativa de acciones propias, delegando en él para proceder a la adquisición derivativa, bien directamente, bien a través de una o más de sus sociedades filiales o participadas, dentro de los límites, requisitos y supuestos legalmente previstos a un precio no inferior al diez por ciento de su valor nominal ni superior al valor de cotización de las acciones en el momento de la adquisición. La presente autorización tendrá una duración de 18 meses contados a partir de la fecha de la presente Junta General y queda supeditada al cumplimiento de todos los demás requisitos legales aplicables.
OCTAVO.- Ruegos y preguntas
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 172 de la Ley de Sociedades de Capital, los accionistas que representen, al menos, el 5% del capital social, podrán solicitar que se publique un complemento a la presente convocatoria de Junta General incluyendo uno o más puntos del orden del día. A estos efectos, los accionistas deberán indicar el número de acciones de las que son titulares o que representan. Los accionistas que deseen ejercer este derecho, deberán remitir dicho complemento mediante notificación fehaciente que deberá recibirse en el domicilio de la sociedad (C/ Velázquez, 94, 1º (28006) de Madrid; a la atención del Secretario del Consejo de Administración) dentro de los cinco días siguientes a la publicación de la presente convocatoria. El complemento de la convocatoria se publicará, en su caso, con quince días de antelación a la fecha establecida para la reunión de la Junta.
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