viernes, 12 de noviembre de 2010

C.N.M.V. SUSPENSION DE COTIZACION BANCO GUIPUZCUANO.

Suspender con efectos de las 08:00 horas del día 15 de noviembre de 2010, al amparo del Artículo 33 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, la negociación en las Bolsas de Valores y en el Sistema de Interconexión Bursátil de las acciones y otros valores que puedan dar derecho a su suscripción, adquisición o venta de BANCO GUIPUZCOANO, S.A., tras la solicitud de suspensión efectuada por Banco de Sabadell, S.A.

Esta suspensión se mantendrá hasta que se produzca la exclusión definitiva de la negociación de los valores de la citada sociedad.”

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