viernes, 5 de noviembre de 2010

BANCO SABADELL INFORMA SOBRE LA OPA A BANCO GUIPUZCUANO.

En relación con la oferta pública de adquisición de acciones formulada por Banco de Sabadell, S.A. (en adelante, “Banco Sabadell”) y dirigida a la totalidad de las acciones, ordinarias y preferentes de Banco Guipuzcoano, S.A. (en adelante “Banco Guipuzcoano”) autorizada por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (en adelante, la “CNMV”) en fecha 14 de octubre de 2010 (en adelante, la “Oferta”), cuyo resultado preciso se comunicará en los próximos días, una vez se tenga conocimiento del número exacto de aceptaciones, Banco Sabadell informa que:

1. Banco de Sabadell, en su calidad de banco agente, ha comunicado en el día de hoy a la CNMV que tiene constancia que la Oferta ha sido aceptada por más del 90% de las acciones con derecho a voto de Banco Guipuzcoano, se han cumplido las condiciones establecidas en el artículo 60 quáter de la LMV y en el artículo 47 del Real Decreto 1066/2007, de 27 de julio, que facultan (i) a Banco Sabadell para exigir a los restantes accionistas de Banco Guipuzcoano la venta forzosa de sus acciones (squeeze-out) y (ii) a los accionistas de Banco Guipuzcoano que no hayan acudido a la Oferta para exigir a Banco Sabadell la compra forzosa de sus acciones (sell-out);

2. El ejercicio por parte de Banco Sabadell del derecho de venta forzosa y el derecho de compra forzosa correspondiente a los accionistas, afectará tanto a las acciones ordinarias de Banco Guipuzcoano como a las acciones preferentes;

3. De conformidad con lo establecido en el artículo 48.4 del Real Decreto 1066/2007, de 27 de julio, Banco Sabadell comunicará en el día de hoy a la CNMV su decisión irrevocable de ejercer su derecho a exigir la venta forzosa de la totalidad de las acciones que no obran en su poder, por la misma contraprestación ofrecida en la Oferta, de conformidad con lo indicado en el Capítulo IV del folleto explicativo de la misma de la Oferta (en adelante, el “Folleto Explicativo”);

4. La venta y, en su caso, la compra forzosa se realizarán con arreglo a los procedimientos descritos en el Capítulo IV y III, respectivamente del Folleto Explicativo, habiéndose fijado como fecha de la operación el día 23 de noviembre de 2010.

5. En los próximos días se publicarán las condiciones de ejercicio del derecho de compraventa forzosa de conformidad con lo establecido en el artículo 48 del Real Decreto 1066/2007, de 27 de julio y lo dispuesto en el Folleto Explicativo.

6. Que en el día de hoy, y para la correcta ejecución y liquidación de la venta forzosa, Banco Sabadell ha solicitado a la CNMV que acuerde (i) que el último día de negociación de la totalidad de las acciones de Banco Guipuzcoano sea el 12 de noviembre de 2010 (inclusive); y (ii) que las referidas acciones permanezcan desde entonces suspendidas de negociación hasta su efectiva exclusión de cotización.

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