viernes, 29 de octubre de 2010

AMPER AMPLIACION DE CAPITAL LIBERADA.

De conformidad con el artículo 82 de la Ley 24/88 de 28 de julio del Mercado de Valores, comunicamos que el Consejo de Administración de Amper, S.A. celebrado el 27 de octubre de 2010 acordó:

1.- Ejecutar el aumento de capital social de la Sociedad, con cargo a reservas, en la cantidad de 2.945.750 euros, mediante la emisión de 2.945.750 nuevas acciones de la misma clase y serie, y con los mismos derechos que las actualmente en circulación, de 1 euro de valor nominal cada una de ellas, que estarán representadas por medio de anotaciones en cuenta.

2.- Las 2.945.750 nuevas acciones se emiten para su asignación gratuita a los accionistas de la Sociedad en una proporción de asignación de una (1) acción nueva por cada diez (10) acciones antiguas. Se prevé tentativamente que el periodo de asignación gratuita, se inicie el día 27 de noviembre de 2010.

Dado que por el número de acciones actualmente en circulación, se produce un sobrante de 6 acciones para las que no está prevista entrega de acción liberada, es decir, hay 6 derechos de asignación gratuita a los que no correspondería acción liberada, se acuerda renunciar al derecho de asignación gratuita de 6 acciones de la autocartera de la Sociedad, de forma que todas las demás acciones en circulación puedan agruparse de 10 en 10 para obtener cada bloque de 10 acciones viejas, 1 nueva acción liberada.

3.- El aumento de capital se realiza íntegramente con cargo a reservas de libre disposición, concretamente con cargo a la cuenta de Prima de Emisión y a la Reserva por Revalorización Real Decreto Ley 7/1996. Una vez finalizado el plazo de asignación gratuita de las nuevas acciones se procederá al cierre de la ampliación de capital, mediante la formalización contable de la aplicación del saldo de las referidas cuentas de reservas a capital en la cuantía del aumento de capital, quedando éste plenamente desembolsado con dicha aplicación.

4.- Solicitar la admisión a cotización de las nuevas acciones en las Bolsas de Valores de Madrid y Barcelona, así como su negociación a través del Sistema de Interconexión Bursátil (Mercado Continuo).

En cumplimento de lo establecido en la legislación vigente, se declara expresamente el sometimiento de la Sociedad a las normas que existan o puedan dictarse en el futuro en materia de Bolsas y, especialmente, sobre admisión, contratación, permanencia y exclusión de la cotización oficial.

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