viernes, 16 de julio de 2010

SEDA BARCELONA TERMINO Y CONDICIONES DEL AUMENTO DE CAPITAL ACORDADO EN LA JUNTA GENERAL CELEBRADA EL 17 DE DICIEMBRE DE 2009.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, La Seda de Barcelona, S.A. informa que en el día de ayer fue registrada la Nota sobre las Acciones (elaborada conforme el Anexo III del Reglamento CE 809/2004) en la Comisión Nacional del Mercado de Valores, que recoge los términos y condiciones del aumento de capital acordado por la Junta General Extraordinaria de Accionistas de 17 de diciembre de 2009.

De conformidad con los términos y condiciones previstos en la mencionada Nota sobre las Acciones, que puede consultarse en la página web de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (www.cnmv.es) y en la de la Sociedad (www.laseda.es), el aumento de capital por importe máximo de 300.000.000 euros, mediante la emisión de 3.000.000.000 de nuevas acciones a un precio de emisión de 0,10 euros por acción, se suscribirá en tres vueltas:

(i) Primera vuelta: Periodo de Suscripción Preferente.

El Periodo de Suscripción Preferente va dirigido a los accionistas de la Sociedad y adquirentes de derechos de suscripción y se iniciará el día siguiente al de la publicación del anuncio del aumento de capital en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME), teniendo una duración de quince (15) días naturales a contar desde dicho momento. El anuncio en el BORME se ha publicado en el día de hoy por lo que mañana comenzará el Periodo de Suscripción Preferente.

(ii) Segunda vuelta: Periodo de Asignación de Acciones Discrecional.

Si finalizado el Periodo de Suscripción Preferente existieran acciones nuevas sin suscribir, éstas serán adjudicadas, dentro del plazo de dos (2) días hábiles que comenzará el cuarto día hábil siguiente a la finalización del plazo de ejercicio del derecho de suscripción preferente (esto es, de acuerdo con el calendario previsto, los días 5 y 6 de agosto), entre los accionistas o titulares de derechos de suscripción solicitantes y, de no ser ello posible por exceder la demanda a la oferta existente, se adjudicarán a prorrata de la solicitud.

(iii) Tercera vuelta: Periodo de Asignación Discrecional.

En el supuesto de que, finalizado el Periodo de Asignación de Acciones Adicionales, las acciones suscritas durante el Periodo de Suscripción Preferente y durante el Periodo de Asignación de Acciones Adicionales no fueran suficientes para cubrir la totalidad de las 3.000.000.000 acciones nuevas, el Consejo de Administración de la Sociedad podrá entonces decidir la apertura de un plazo de hasta tres (3) días naturales adicionales a contar desde la finalización del Período de Asignación de Acciones Adicionales durante el que podrá ofrecer la suscripción de las acciones sobrantes a quien tenga por conveniente.

Actuará como entidad agente del aumento de capital GVC Gaesco Valores.

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