“Suspender cautelarmente, con efectos inmediatos, al amparo del Artículo 33 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, la negociación en el Sistema de Interconexión Bursátil de las acciones, u otros valores que den derecho a su suscripción, adquisición o venta, de la entidad NYESA VALORES CORPORACION, S..A., por concurrir circunstancias que pudieran perturbar el normal desarrollo de las operaciones sobre los citados valores, en relación con la auditoría de las cuentas del ejercicio 2009, en la que se pone de manifiesto la ausencia de opinión por parte del auditor.”
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Hace 3 años
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