El Consejo de Administración de la Sociedad, en su sesión de hoy, ha tomado conocimiento del estado del proceso de refinanciación y de la firma del citado acuerdo.
La entrada en vigor del acuerdo de refinanciación requiere además un informe favorable del experto independiente designado por el Registro Mercantil, para que el acuerdo de refinanciación goce del régimen establecido en la Disposición Adicional cuarta de la Ley Concursal.
En base a lo anterior, conseguida la entrada en vigor en todos sus términos del acuerdo de refinanciación, está prevista la obtención de determinados aplazamientos solicitados en 2009 a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, necesarios para el cumplimiento del Plan de Negocio que sustenta el citado acuerdo.
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