viernes, 23 de abril de 2010

FCC CONVOCATORIA JUNTA GENERAL ORDINARIA Y PUNTOS DEL ORDEN DEL DÍA DE LA MISMA.

De conformidad con el acuerdo del Consejo de Administración celebrado el pasado 21 de abril de 2010, se convoca Junta General ordinaria de accionistas de FOMENTO DE CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS, S.A., para su celebración en el Pabellón 8 del Recinto de Gran Vía de Fira de Barcelona, calle del Foc, 47, 08038 Barcelona, a las dieciséis horas del día 27 de mayo de 2010, en primera convocatoria y, en caso de no obtenerse quórum suficiente, en el mismo lugar y hora, el día 28 de mayo de 2010, en segunda convocatoria, a fin de deliberar y, en su caso, adoptar acuerdos sobre los asuntos incluidos en el siguiente

ORDEN DEL DÍA

1º. Examen y aprobación, en su caso, de las cuentas anuales e informes de gestión, correspondientes al ejercicio económico de 2009, de la sociedad Fomento de Construcciones y Contratas, S.A. y de su Grupo consolidado, así como de la gestión del Consejo de Administración durante dicho ejercicio.

2º. Examen y aprobación, en su caso, de la propuesta de aplicación del resultado del ejercicio de 2009.

3º. Nombramiento y reelección de administradores.

4º. Prorrogar el plazo concedido al Consejo de Administración por la Junta General Ordinaria de Accionistas de 10 de junio de 2009 para ejecutar el acuerdo de reducción del capital social mediante amortización de acciones propias, adoptado por la referida Junta General.

5º. Renovar la autorización al Consejo de Administración, con facultades de sustitución, para acordar, en una o varias veces, aumentar el capital con arreglo al artículo 153.1.b) de la Ley de Sociedades Anónimas y sujeto a los límites previstos en dicho artículo.

6º. Delegar al Consejo de Administración, con expresas facultades de sustitución, la facultad de emitir, en una o varias veces, cualesquiera valores de renta fija o instrumentos de deuda de análoga naturaleza, simples o garantizados, por un importe máximo de quinientos millones de Euros (500.000.000 €).

7º. Delegar al Consejo de Administración, con expresas facultades de sustitución, la facultad de emitir, en una o varias veces, cualesquiera valores de renta fija o instrumentos de deuda de análoga naturaleza convertibles en o que den derecho a suscribir acciones de la Sociedad o que sean canjeables o den derecho a adquirir acciones de la Sociedad o de otras sociedades, por un importe máximo de trescientos millones de Euros (300.000.000 €).

Delegar, asimismo, con expresa facultad de sustitución, la facultad de fijar los criterios para la determinación de las bases y modalidades de la conversión o del derecho a suscribir acciones de la Sociedad y la facultad de aumentar el capital social en la cuantía necesaria, así como la facultad de excluir el derecho de suscripción preferente de los accionistas de conformidad con lo establecido en el artículo 293.3 de la Ley de Sociedades Anónimas y del resto de la normativa aplicable.

Para el caso de ejercicio de esta facultad de emisión de valores, aprobar un programa de recompra de acciones de la Sociedad cuya finalidad sea permitir a la Sociedad cumplir sus obligaciones derivadas de la emisión de valores que den derecho a adquirir acciones de la Sociedad ya en circulación, o para su amortización en caso de emisión de valores con exclusión del derecho de suscripción preferente que sean convertibles en o den derecho a suscribir acciones de nueva emisión con el objeto de limitar la dilución de los accionistas anteriores en caso de ejercicio de la facultad de conversión o suscripción de acciones.

Para el caso de ejercicio de esta facultad de emisión de valores, aprobar la reducción de capital de la Sociedad mediante la amortización de acciones propias en un importe nominal equivalente, como máximo, al valor nominal conjunto de las nuevas acciones de la Sociedad que sean emitidas para hacer frente a las solicitudes de conversión o suscripción por parte de los titulares de valores de estas características que hubieran sido emitidos con exclusión del derecho de suscripción preferente por la Sociedad.

Delegación de su ejecución en el Consejo de Administración, con facultad de sustitución.

8º. Reelección de los auditores de cuentas de la Sociedad y de su Grupo consolidado.

9º. Facultar ampliamente a los administradores para el desarrollo, elevación a público, inscripción, subsanación y ejecución de los acuerdos adoptados.

10º. Aprobación, si procede, del acta de la Junta, en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 113 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas o, en su caso, aplicación de lo previsto en el artículo 114 del mismo texto legal.

No hay comentarios:

Publicar un comentario