2- La sentencia condena a Mediapro a pagar todas las costas.
3- Se reconoce la eficacia del contrato firmado en julio de 2006.
El Juzgado de Primera Instancia nº 36 de Madrid ha estimado íntegramente la demanda promovida por Audiovisual Sport (empresa participada al 80% por Sogecable y al 20% por Televisión de Cataluña) contra Mediapro. La sentencia, que ha sido notificada en el día de hoy, estima íntegramente la demanda que AVS presentó en julio de 2007 contra Mediapro y, simultáneamente, desestima íntegramente las demandas que Mediapro presentó contra AVS, Sogecable y Televisión de Cataluña.
Así mismo, la sentencia declara la eficacia del contrato firmado en julio de 2006 por AVS, Mediapro, Sogecable y Televisión de Cataluña, por el que se garantizaba la continuidad del modelo de explotación del fútbol, el incumplimiento por parte de Mediapro de dicho contrato, y condena a Mediapro a pagar a AVS 97 millones de euros por los daños causados a AVS desde el inicio de la temporada futbolística 2006/2007 hasta el mes de febrero de 2008 (mediados de la temporada 2007/2008), que es el periodo al que se ha referido el procedimiento ante el Juzgado.
La sentencia condena a Mediapro al pago de las costas procesales, tanto de las provocadas por la demanda presentada por AVS, como por la reconvención de Mediapro.
El asesor jurídico de AVS y Sogecable ha sido el despacho Cortés Abogados.
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