Así, la Audiencia Nacional ha determinado la suspensión cautelar del pago de la multa impuesta hasta el momento en que el tribunal sentencie sobre el fondo del recurso, lo que se puede prolongar hasta dos años, explica la empresa. Por otro lado, la Audiencia Nacional también deja en suspenso la obligación de reconocer a algunas empresas el derecho de resolver anticipadamente contratos que la CNC impuso a Abertis.
En este punto, la Audiencia Nacional sólo se pronunciara en el caso de que alguna cadena de televisión lo reclame. En su resolución, Competencia considera "acreditado" que Abertis realizó dos conductas restrictivas de la competencia prohibidas por la legislación europea y nacional en los servicios de difusión de la señal de TDT, desde su "indudable posición de dominio" en el mercado de difusión de señales de televisión terrenal (analógica o digital) de ámbito nacional.
http://elneceserdelabolsa.blogspot.com/2010/02/abertis-sancionada.html
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